La tarifa regulada para las comunidades de propietarios sube casi un 1%

El pasado 1 de julio se publicó en el Boletín Oficial del Estado una resolución que establece los nuevos precios de la tarifa regulada del gas para el próximo trimestre. En esta ocasión, la tarifa de último recurso (TUR) de gas natural individual sin impuestos se mantendrá en el mismo precio que en la revisión anterior, vigente desde el 1 de abril. Por otro lado, la TUR vecinal experimentará un incremento entre un 0,61% y un 0,87%.

La razón por la cual la tarifa regulada del gas se ha mantenido desde julio es que la variación del precio de la materia prima entre ambas fechas es inferior al 2% que establece la normativa. El coste de la materia prima en esta revisión se basa en el coste del gas de base y se ha aplicado la metodología habitual de revisión de la TUR. En esta ocasión, el nuevo coste del gas de base sería de 2,63 céntimos de euro por kilovatio hora (kWh), lo que representa un ligero incremento del 0,95% respecto a la tarifa vigente.

Este aumento se debe a varios factores, como la subida de la cotización del Barril Brent, la depreciación del euro frente al dólar y el hecho de que en esta revisión no interviene la referencia del gas estacional. En cuanto a la TUR vecinal, se estableció mediante el Real Decreto-ley 18/2022 y se amplió su aplicación de manera indefinida mediante el Real Decreto-ley 4/2024.

A partir de este 1 de julio, el término variable de la TUR vecinal aumentará entre un 0,61% y un 0,87%, dependiendo de la categoría. La TUR de gas natural es una tarifa regulada a la que pueden acogerse consumidores conectados a redes de gas natural de presión inferior o igual a 4 bar y cuyo consumo anual sea inferior o igual a 50.000 kWh.

Es importante destacar que esta es la primera revisión en la que no se aplica el límite del 15% a la repercusión del precio de la materia prima. En el caso de la TUR vecinal, el artículo 2 del Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, creo esta nueva tarifa, aplicable temporalmente a las comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y a las empresas de servicios energéticos que les presten servicio. Mediante el Real Decreto-ley 4/2024, de 25 de junio, se ha ampliado su aplicación de manera indefinida.